Legislación
Selección de normas de interés general cuyo conocimiento interesa tanto al profesional como al particular, listas para descargarlas a su ordenador en formato pdf.
Decreto 35/2005 Registro de Parejas de Hecho de Andalucía.
Desarrollo normativo del art. 6 de la Ley 5/2002, el Decreto 35/2005 constituye y regula el Registro de Parejas de Hecho de Andalucía. El régimen de acreditación y de Registro que se establece no se emplea como instrumento limitativo de la facultad de las personas para constituir parejas de hecho, sino para dotar de efectos jurídicos a su unión en relación con las Administraciones Públicas de Andalucía y servir como elemento de prueba de su existencia frente a terceros.
Ley 5/2002 de Parejas de Hecho, de Andalucía.
En los últimos tiempos, la legislación autonómica ha venido atendiendo esta nueva realidad social de las llamadas “parejas de hecho” mediante una intervención de las Administraciones autonómicas dirigida a superar el reconocimiento meramente formal de derechos en el sentido de materializar en la práctica cotidiana los derechos a la libertad y a la igualdad en el ámbito familiar.
La presente Ley se inserta en esta corriente legislativa autonómica, limitada en su objeto, como es sabido, por la competencia estatal en materia de Derecho de familia en virtud del título constitucional que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre la legislación civil. Partiendo de este límite, la finalidad de esta ley es, de una parte, ofrecer un instrumento de apoyo jurídico a las parejas de hecho y, de otra, extender a éstas los beneficios que el ordenamiento autonómico venía confiriendo expresamente a las uniones matrimoniales.

