En los artículos 85 y siguientes regula la Disolución del Matrimonio por divorcio. En su art.90 establece cuáles son las medidas que debe incluir el Convenio Regulador de los efectos derivados del divorcio. En los artícuos 1315 y siquientes se regulan los distintos regímenes economico matrimoniales, como la sociedad de gananciales (arts. 1344 y ss.) o la separación de bienes (arts. 1435 y ss.)