Consultas Resueltas sobre Compraventa

Consultas frecuentes sobre Compraventa

Le ofrecemos respuestas prácticas a problemas frecuentes explicadas de forma sencilla

Precio en la escritura de compraventa e ITP en Andalucía

Existe la errónea creencia popular de que llegada la hora de escriturar la compraventa de una vivienda, cuanto más bajo sea el precio que refleje la escritura de compraventa menos impuestos habrá que pagar, sobre todo Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). Pero esta creencia es errónea. Veamos lo que sucede en Andalucía.


¿Cómo sé si puedo reclamar frente al banco las cantidades que anticipé al promotor a cuenta del precio de la compraventa de la vivienda que no me entregó?

Explicamos de manera sencilla cómo saber si todavía tenemos la oportunidad real de recuperar el dinero que pagamos en su día a la promotora que paralizó la obra por la crisis, que no entregó la vivienda y que no tenía ni el aval ni el seguro que exigía la “Ley 57/68 sobre percepción de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas”. ¿Podemos reclamar al banco donde hicimos los ingresos con garantías de éxito? Sí. Siempre y cuando se cumplan los requisitos que explico a continuación.




¿Cómo sé si puedo reclamar la Plusvalía que pagué al vender un inmueble?

Uno de los impuestos que debe pagar el vendedor de un inmueble urbano al celebrar una compraventa es el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido también como plusvalía. Las normas que aplican los Ayuntamientos para calcular su importe siempre dan como resultado que el vendedor tiene que pagar, más o menos dependiendo del tiempo transcurrido desde la adquisición hasta la transmisión, pero siempre tiene que pagar, incluso aunque hayamos perdido dinero con la operación por vender más barato de lo que nos costó. Y así ha sido hasta la sentencia del Tribunal Constitucional de 11 de mayo de 2017.


Fotografía de Miguel Gastalver Trujillo. Abogado especialista en derecho inmobiliario.
Ldo. Miguel Gastalver Trujillo
Colegio de Abogados de Sevilla.
Colegiado nº 6946.
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