Consultas Resueltas sobre Servidumbres
¿Puedo colocar un andamio en casa de mi vecino para hacer obra?
Consultas frecuentes sobre Servidumbres
- Miguel Gastalver Trujillo
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A veces es necesario colocar un andamio en la propiedad vecina para poder acceder a nuestra propia edificación para acometer una obra. En ese caso, ¿tiene nuestro vecino el deber de facilitarnos el paso a su propiedad
Servidumbre temporal de paso para colocación de andamio
La respuesta nos la ofrece el art.569 del Código Civil, que se encuentra en la sección dedicada a la "Servidumbre de Paso".
Art.569 CC. Si fuere indispensable para construir o reparar algún edificio pasar materiales por predio ajeno, o colocar en él andamios u otros objetos para la obra, el dueño de este predio está obligado a consentirlo, recibiendo la indemnización correspondiente al perjuicio que se le irrogue.
El tenor literal de la norma es claro. Nos encontramos ante una servidumbre de paso temporal, o más propiamente ante una limitación del dominio por razón de las relaciones de vecindad. El vecino tiene la obligación de consentir el paso.
Es necesario que la ocupación de la finca del vecino sea indispensable y no por cualquier motivo sino exclusivamente para poder construir o reparar una edificación. Ello incluye, ya que nos lo preguntan a menudo, la pintura de fachadas ya que es una obra de conservación del edificio.
No hay que confundir la necesidad de la obra con la necesidad de la ocupación de la finca del vecino. La obra no tiene por qué ser necesaria, en el sentido de urgente o imprescindible para la conservación. Puede ser una obra de mejora. Lo que tiene que resultar imprescindible por no haber alternativa posible es el hecho de tener que ocupar la finca del vecino para pasar los materiales o colocar un andamio u otros materiales de obra.
Indemnización
El vecino tiene derecho a que se le indemnicen los perjuicios que le cause la colocación de un andamio u otros elementos de obra en su finca. Entre los distintos perjuicios que suele acarrear el paso y ocupación de la finca ajena podemos mencionar los siguientes:
- Suciedad. Por lo tanto hay que incluir el coste de una limpieza a fondo de la zona de paso y de ocupación.
- Desperfectos. Desconchones, golpes en paredes, picaduras, rotura de elementos, etc. Ha de abonarse el coste de reparación.
- Privación de uso. Si la colocación del andamio priva al vecino del uso total o parcial de su vivienda debería contemplarse también una compensación diaria a modo de renta proporcional al alcance de la privación.
- Coste de una persona que se ocupe de controlar el acceso. También hay casos en los que para controlar el acceso hace falta tener a una persona pendiente porque el vecino trabaja o está ausente. Su retribución también es indemnizable. No hay obligación de dejar la casa abierta de par en par.
- Cualquier otro perjuicio.
¿Y qué pasa si mi vecino me impide colocar el andamio?
Estaría incumpliendo una obligación prevista en la ley. Habría que requerirle de manera fehaciente que dejara pasar para colocar el andamio, informándole de la duración estimada de la obra y de la indemnzación que se le ofrece, y si no atiende el requerimiento la única solución es la reclamación judicial para que se le condene a consentir el paso. SI ha sido requerido previamente y demostramos que es imprescindible pasar y ocupar su finca, será condenado en costas y obligado a dejar pasar y a dejar colocar el andamio.
Consejos si tenemos que consentir la colocación de un andamio en nuestra finca.
- Conviene visitar con el vecino y sacar fotografías del estado en el que se encuentra nuestra finca, para evitar que luego se discutan los desperfectos que se hayan podido causar al pasar los materiales o colocar los andamios.
- También conviene dejar claro, y por escrito, qué personas concretas, en qué horario y de qué modo van a tener acceso a nuestra finca.
- Por último es conveniente dejar clara la indemnización.
Si tiene cualquier problema de limitaciones del dominio o de servidumbres y ya ha agotado la vía amistosa, es conveniente tener la mejor asesoría posible. Como abogado experto en derecho inmobiliario puedo ayudarle.
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