Vivienda

Una de las principales especialidades del despacho es el derecho inmobiliario. Somos expertos en arrendamientos urbanos, en propiedad horizontal, en ordenación de la edificación, en derecho hipotecario y registral y en derecho patrimonial. Defendemos sus intereses como arrendador, como propietario, como vecino, como comprador, como hipotecado etc.  

Extinción de condominios o proindivisos sobre vivienda.

¿Comparte Vd. la propiedad de su vivienda con su ex pareja, otros coherederos u otras personas? ¿Desea poner fin a esa situación de proindiviso de vivienda? Le ayudamos a conseguir la extinción del condominio sobre vivienda tanto por vía notarial como por vía judicial en caso de oposición.


Reclamación del derecho de propiedad. Acción reivindicatoria.

Si es Vd. propietario de un bien inmueble y otra persona se ha apropiado de él, para recuperar lo que le pertenece debe interponer una demanda ante los tribunales denominada acción reivindicatoria. Es una de las acciones judiciales cuya finalidad es la protección del derecho de propiedad.


Impugnación de acuerdos de la comunidad de propietarios.

¿Se plantea la impugnación de acuerdos de la comunidad de propietarios? Somos especialistas en impugnar acuerdos de comunidad de propietarios. Hacemos un análisis exahustivo de todas las posibilidades de impugnación del acuerdo con el que vd. no está conforme.


Expediente de dominio para inmatriculación de finca no inscrita

Le ayudamos a inscribir en el Registro de la Propiedad la titularidad de su inmueble en los casos en que la finca no ha estado inscrita anteriormente a favor de persona alguna y se carece de un título público o sentencia. Todas las actuaciones jurídicas necesarias para inmatricular su finca en el Registro de la Propiedad por un precio cerrado de antemano.


Desahucio express por falta de pago de la renta de alquiler

¿Su inquilino no paga la renta? Mediante el desahucio express puede resolver el contrato de arrendamiento urbano por falta de pago y a la vez cobrar las rentas de alquiler adeudadas. De esta forma recupera su vivienda y su dinero. Le ofrecemos tramitar el desahucio por falta de pago hasta el lanzamiento y acumuladamente la reclamación de cantidad hasta la fase de ejecución y embargo por un precio único cerrado de antemano. Incluido procurador. No pierda más tiempo ni más dinero. Si su inquilino no paga el alquiler ¡actúe! Recupere su vivienda y su dinero con el mínimo coste posible.


Asesoría legal para comprar casa con seguridad.

¿Pensando en comprar casa? ¿Le preocupa no hacerlo bien? ¿Desconoce los pasos que hay que dar para comprar vivienda? No corra riesgos. Contrate nuestra asesoría legal para comprar casa con seguridad. Haga como el resto de europeos y por un mínimo coste ayúdese de un abogado especialista en compraventa de vivienda para no cometer errores que pueden amargarle la vida. 



Asesoría continua al arrendador.

Por una cuota mensual de 30€ por inmueble nos ocupamos de negociar y redactar el contrato de arrendamiento, responder todas sus dudas, redactar todos los requerimientos necesarios e incluso presentar demanda de desahucio de pago y reclamación de rentas si es necesario. Tenga la tranquilidad de que tiene la asesoría experta más conveniente para sus intereses, por el menor coste posible.



Reclamación de defectos constructivos o vicios ocultos

Haga efectiva la garantía de su vivienda nueva. Nos ocupamos de realizar la reclamación frente a agentes intervinientes en la edificación y de reclamar por los vicios ocultos en la construcción. Las garantías de su vivienda cubren la responsabilidad del constructor por humedades. Somos especialistas en reclamación de defectos de construcción y vicios ocultos.


Renta antigua.

Le ayudamos a afrontar todos los problemas de contratos de alquiler celebrados bajo el texto refundido de la ley de arrendamientos urbanos de 1964. Le ayudamos a rentabilizar los contratos de alquiler de renta antigua. Nos ocupamos de la Repercusión de obras de conservación en contratos de arrendamiento de renta antigua.


Reclamación de cláusula suelo en hipotecas.

¿Tiene Vd. una cláusula suelo en su escritura de hipoteca? No renuncie a pagar la menor cuota posible y aprovéchese de las constantes bajadas del euribor, en mínimos históricos. Comprobamos la viablidad de su reclamación y en caso positivo reclamamos la eliminación de la cláusula suelo y la devolución de lo pagado indebidamente desde la firma del contrato.



Reclamación de arras o señal de compraventa

En caso de incumplimiento del contrato de arras penitenciales nos ocupamos de reclamar al vendedor que no celebra la compraventa del inmueble que devuelva el doble de la señal que se le entregó.  




Demanda de desahucio por precario

La demanda de desahucio por precario tiene la finalidad de echar de nuestra vivienda o local a quien lo ocupa sin tener ningún derecho para ello y recuperar así la posesión de la misma. Esto es lo que significa "precario", sin título, es decir, sin derecho. 



Redacción de contrato de alquiler con opción a compra

El Alquiler con opción a compra es la mejor fórmula para lograr la venta de un inmueble y obtener rentabilidad mientras se culmina la venta. Pero es un contrato para el que no existe un estandar, hay que redactarlo a medida del propietario, según cuál sea su intención.


Defensa de la propiedad. Acción declarativa del dominio.

Si la titularidad del derecho de propiedad sobre un inmueble es discutida o se la atribuyen varias personas a la vez la única manera de resolver la controversia es mediante la interposición de una demanda judicial ejerciendo la denominada acción declarativa de dominio


Reclamación por incumplimiento memoria de calidades de vivienda

En caso de que el promotor le entregue su vivienda nueva con unas calidades inferiores a las previstas en el contrato, en la memoria de calidades o en la publicidad, tiene Vd. derecho a reclamar al promotor una indemnización por la diferencia de calidad de los elementos entregados, o exigir que le entregue lo acordado. No se conforme y reclame lo que ha pagado. 



Recuperación de vivienda ocupada por yerno o nuera tras ruptura

¿Cedió gratuitamente una vivienda de su propiedad a su hijo o hija para que estableciera en ella su familia y tras la ruptura de la convivencia el juzgado le ha atribuido el uso de la vivienda a la ex pareja de su hijo? No se preocupe. Puede recuperar la vivienda. No tiene por qué conformarse con esta situación. 


Exigir reparación de elemento común a Comunidad Propietarios

¿Su Comunidad de Propietarios no realiza una obra de reparación que le corresponde por ser sobre un elemento comunitario? ¿Se lo ha exigido al Presidente o al secretario- Administrador y hacen caso omiso? Si se trata de obras necesarias y urgentes puede vd. reclamar judicialmente  a la Comunidad de Propietarios su ejecución.


Oposición a ejecución hipotecaria.

¿Le ha demandado su banco por impago del préstamo hipotecario? Sabemos lo angustioso de su situación. En la medida de lo posible, podemos ayudarle analizando su escritura de préstamo para comprobar si incluye alguna cláusula abusiva, y formalizar así oposición a la ejecución hipotecaria. Gane como mínimo tiempo. Retrase la pérdida de su casa. Si hay cláusulas abusivas, gracias a la oposición conseguirá una reducción de las cantidades reclamadas.


Retracto de comuneros.

El derecho de retracto mediante el que todo copropietario puede subrogarse en la posición del tercero que ha adquirido una cuota del proindiviso ha de ejercerse por vía judicial.   Le ayudamos a ejercer el retracto de comunero por vía judicial. Conozca el precio de nuestro servicio.


Reclamación a bancos de cantidades anticipadas a promotoras.

¿Entregó Vd. sus ahorros hace años a una promotora inmobiliaria para comprar una vivienda sobre plano y nunca recibió la vivienda ni le devolvieron el dinero? Si Vd. pagó a la promotora por medio de ingresos en una cuenta bancaria, la más reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo le permite reclamar a la entidad bancaria la devolución de todo su dinero. ¡No pierda la oportunidad de recuperar el dinero que no le devolvió la promotora!


Defensa judicial sumaria de la posesión inmobiliaria.

Todo poseedor de un bien inmueble tiene derecho a ser respetado en su posesión. ¿Alguien invade o utiliza su finca sin su permiso? ¿Alguien se la ha apropiado como si fuera suya? Defiéndase con el interdicto de retener o recobrar la posesión, un juicio sumario para proteger la posesión.


Reclamación de herencia

¿No recibe Vd. la herencia que le corresponde? ¿Desea reclamar su herencia? Le ayudamos a llegar a un acuerdo con los demás herederos para realizar una partición notarial de la herencia o si ello resulta imposible y para no perder más tiempo sin recibir su parte de la herencia nos ocupamos de tramitar un procedimiento judicial de división de herencia mediante el cual podrá por fín recibir lo que le corresponde.



Reclamación de gastos de hipoteca abusivos

¿Quiere Vd. reclamar los gastos de constitucion de su hipoteca? Si en su contrato de préstamo con garantía hipotecaria utilizado para adquirir su vivienda su entidad bancaria incluyó la estipulación de que todos los gastos de notaría, registro, gestoría e impuestos correrían por su cuenta y Vd. no negoció dicha cláusula, puede ser abusiva y como consecuencia nula. Su entidad bancaria tendría que devolverle los gastos de constitución de su hipoteca. Así vino a establecerlo la Sentencia nº 705/2015 de la Sala Primera, constituida en Pleno, del Tribunal Supremo de 23 de Diciembre de 2015.


Reclamación de reembolso de reparación de elemento comunitario.

¿Ha realizado en lugar de su Comunidad de Propietarios una reparación urgente y necesaria de un elemento comunitario y su comunidad no le reembolsa el dinero? Si se trataba de obras necesarias y urgentes y avisó Vd. de su necesidad puede vd. reclamar judicialmente  a la Comunidad de Propietarios el reembolso.


Enervación judicial de procedimiento de desahucio

¿Acaba de recibir una demanda de desahucio por impago de rentas? Todavía puede paralizar el procedimiento judicial de desahucio ejerciendo el derecho de enervación pero para hacerlo bien necesita la intervención de abogado y procurador. No pierda tiempo. 


Reclamación de plusvalía (IIVTNU) pagada indebidamente.

La sentencia del Tribunal Constitucional de 11 de mayo de 2017 ha declarado inconstitucional el cobro del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como Plusvalía, cuando entre la fecha de adquisición del inmueble y la fecha de transmisión no se ha producido un aumento real del valor del inmueble sino una disminución. Todas las liquidaciones en las que los Ayuntamientos han cobrado una cuota a pesar de la disminución de valor del inmueble, son anulables. Si ese es su caso, puede recuperar el dinero pagado como cuota del IIVTNU.


Desahucio por expiración del plazo

¿Ha terminado el plazo del contrato de alquiler y su inquilino no quiere irse? Si en el contrato Vd. estableció claramente que el plazo era improrrogable o que a su finalización el contrato quedaría autormáticamente terminado o si Vd. ha comunicado con antelación a su inquilino que no prorroga el contrato y su inquilino, a pesar de haber terminado el plazo del contrato de arrendamiento no le devuelve su vivienda o local de negocio, entonces cuanto antes debe tramitar un procedimiento de desahucio por expiración del plazo, de lo contrario el mero paso del tiempo en esa situación puede beneficiar a su inquilino y obligarle a Vd. a continuar el arriendo contra su voluntad. Le ofrecemos tramitar el desahucio por expiración del plazo hasta el lanzamiento por un precio único cerrado de antemano. Incluido procurador. No pierda más tiempo. Si su inquilino se empeña en no devolverle su inmueble a pesar de haber vencido el plazo del arriendo ¡actúe! Recupere su inmueble con el mínimo coste posible y cuanto antes.


Arrendador comete delito de allanamiento de morada por no desahuciar

El arrendador no puede entrar en la vivienda alquilada sin consentimiento del arrendatario so pena de cometer delito de allanamiento de morada. Si además cambia la cerradura para impedir la entrada del mismo, puede cometer además un delito de coacciones. El cauce adecuado para recuperar la vivienda es el procedimiento de desahucio, por falta de pago de renta o por precario, en su caso.  Sirva la presente sentencia como ejemplo de lo anterior.


División de cosa común sin partición de herencia.

Cuando hay un único bien inmueble como herencia y son varios los herederos, es posible desde el punto de vista procesal instar la extinción judicial del proindiviso mediante la interposición de una demanda de división de cosa común antes incluso de haber realizado partición de la herencia. Será necesario acreditar actos de los herederos que permitan afirmar su aceptación tácita de la herencia, como por ejemplo el reparto del saldo en cuentas bancarias. Y es requisito sine qua non que haya un único inmueble, indivisible, en la herencia yacente.

Gracias a este planteamiento procesal, que nuestro Tribunal Supremo autoriza, es posible ahorrarse uno de los dos procedimientos judiciales habitualmente necesarios cuando los herederos no se ponen de acuerdo en el reparto de los inmuebles que forman una herencia. En lugar de tramitar una procedimiento de división judicial de herencia y luego uno de división de cosa común, basta tramitar directamente este último.


El mero retraso en el pago de la renta de alquiler, suficiente para el desahucio.

Cuando el inquilino se retrasa en el pago del alquiler, o no paga la renta de alquiler muchos arrendadores se preguntan cuándo se puede iniciar el procedimiento de desahucio por falta de pago. Es decir, cuántas rentas de alquiler impagadas son necesarias para el desahucio. Pues bien, en esta sentencia el Tribunal Supremo viene a dejar claro de una vez por todas que el mero retraso en el pago de la renta de alquiler puede ser motivo suficiente para el desahucio, si la demanda se presenta antes de que el inquilino pague la renta de alquiler fuera de plazo.  


Nueva sentencia del Tribunal Supremo de condena a los bancos por no comprobar si la promotora tenía aval o seguro a favor de los compradores sobre plano.

En esta sentencia de 9 de marzo de 2016 la Sala 1ª del Tribunal Supremo reitera la doctrina que estableció en su sentencia de 21 de diciembre de 2015, en virtud de la cual:

«En las compraventas de viviendas regidas por la Ley 57/1968 las entidades de crédito que admitan ingresos de los compradores en una cuenta del promotor sin exigir la apertura de una cuenta especial y la correspondiente garantía responderán frente a los compradores por el total de las cantidades anticipadas por los compradores e ingresadas en la cuenta o cuentas que el promotor tenga abiertas en dicha entidad».


Tras subasta sólo puede reclamar rentas de alquiler, incluso anteriores, el nuevo propietario

El Tribunal Supremo deja claro que sólo está legitimado para reclamar el desahucio y la reclamación de rentas de alquiler quien en el momento de interponer la demanda es propietario del inmueble, aunque las rentas reclamadas se hayan devengado con anterioridad a la transmisión de la propiedad. Quien era propietario entonces no está legitimado para reclamarlas, aunque las rentas de alquiler impagadas se devengaran cuando lo era. Por otra parte aclara que la transmisión de la propiedad se produce desde el auto de adjudicación de la subasta, que no requiere ulterior transmisión de la posesión.


La Comunidad de Propietarios debe reembolsar el coste de reparaciones urgentes y necesarias al vecino que avisó y ante la falta de respuesta las ejecutó por sí mismo.

El Tribunal Supremo establece como doctrina que «Sólo procederá el reembolso por la Comunidad de Propietarios al comunero que haya ejecutado unilateralmente obras en zonas comunes cuando se haya requerido previamente al Secretario-Administrador o al Presidente advirtiéndoles de la urgencia y necesidad de aquéllas. En el caso de no mediar dicho requerimiento, la Comunidad quedará exonerada de la obligación de abonar el importe correspondiente a dicha ejecución. No quedará exonerada si la Comunidad muestra pasividad en las obras o reparaciones necesarias y urgentes». Es decir, viene a consagrar el derecho de los propietarios a actuar unilateralmente en caso de pasividad de los órganos de la Comunidad a la hora de reparar los elementos comunes, siempre que sean reparaciones urgentes y necesarias y se haya avisado previamente de su necesidad. 


Los bancos deben devolver al comprador sin seguro ni aval los anticipos ingresados en la cuenta del promotor, sea o no especial.

Esta vez de manera clara y rotunda, el Tribunal Supremo establece como doctrina en su sentencia de 21 de diciembre de 2015 que ante la falta de terminación de la edificación, los Bancos deben devolver a los compradores de vivienda sobre plano el dinero que anticiparon a cuenta del precio de la compraventa y que ingresaron en una cuenta del promotor, sea o no especial, siempre y cuando el banco hubiera podido darse cuenta de que los ingresos eran parte del precio de una compraventa. Ello por no haber controlado, al permitir al promotor que abriera la cuenta, que se hubiesen constituido las debidas garantías de devolución, en forma de aval o seguro. Es decir, que los compradores sobre plano que se quedaron sin vivienda y sin dinero por culpa de la crisis, de la paralización de las obras y de la falta de aval o seguro de devolución, pueden por esta vía recuperar su dinero demandando al Banco.


Cómo interrumpir la prescripción al reclamar defectos constructivos

El Tribunal Supremo nos aclara y establece doctrina sobre qué hacer ante la aparición de defectos constructivos si queremos exigir la responsabilidad legal prevista en el art. 17 de la Ley de Ordenación de la Edificación no sólo al promotor sino también a otros agentes intervinientes en el proceso de edificación de nuestra vivienda -como el arquitecto proyectista, el arquitecto director de obra, el aparejador director de ejecución o el constructor- no basta con requerir la reparación al promotor. Para interrumpir el plazo de prescripción de esta reclamación de responsabilidad legal por defectos constructivos hay que requerir a cada uno de los intervinientes que tuvieron parte de culpa, por negligencia, en la causación del daño. La reclamación frente al promotor no interrumple el plazo de prescripción frente al resto de agentes intervinientes. Si no se les requiere personalmente pueden resultar absueltos en juicio.


Duración arrendamientos de local de negocio celebrados por personas físicas entre 1985 y 1995.

Hasta esta sentencia, el TS siempre ha considerado que los contratos de arrendamientos urbanos, tanto de local de negocio como de vivienda, personas físicas o jurídicas, celebrados bajo la vigencia del Decreto Boyer, es decir, del 9 de mayo de 1985 al 31 de diciembre de 1994, en los que se hubiera pactado el derecho de prórroga forzosa a favor del arrendatario, se rigen por la voluntad de las partes, tal y como establece el art. 9 RDL 2/1985, de 30 de abril, así como por la LAU de 1964. En la práctica esto implicaba, entre otras cosas, el mantenimiento de la prórroga forzosa, por una parte, y el derecho a dos subrogaciones sucesivas en el contrato, de personas vinculadas al arrendatario. (Ver. arts. 58, 59 y 60 TRLAU). A partir de esta sentencia, el TS considera que los arrendamientos de local de negocio celebrados por arrendatarios personas jurídicas con posterioridad al 9 de mayo de 1985 tendrán la duración prevista para las personas jurídicas en la D.T.3ª. apartado 4 de la vigente LAU, es decir un máximo de 20 años desde que se aprobó esta ley, por lo tanto, como mucho hasta el 31 de diciembre de 2014. Ello aun cuando la voluntad de las partes hubiese sido conceder al inquilino un derecho de prórroga forzosa.


Responsabilidad de los bancos por falta de aval o seguro de cantidades anticipadas.

Aunque de forma indirecta, en su sentencia del Pleno de 16 de enero de 2015 el Tribunal Supremo establece que los Bancos deben devolver a los compradores de vivienda sobre plano el dinero que anticiparon al promotor que no terminó la construcción de la vivienda proyectada, siempre y cuando los anticipos que realizaron los compradores fueran ingresados en una cuenta bancaria abierta a nombre del promotor en dichas entidades bancarias. El motivo de esta responsabilidad legal de los bancos es no haber controlado, al permitir al promotor que abriera la cuenta, que se hubiesen constituido las debidas garantías de devolución, en forma de aval o seguro. Es decir, que los compradores sobre plano que se quedaron sin vivienda y sin dinero por culpa de la crisis, de la paralización de las obras y de la falta de aval o seguro de devolución, pueden recuperar su dinero demandando al Banco.


La resolución del arrendamiento por impago del IBI exige requerimiento previo

El Tribunal Supremo establece que para que el impago del Impuesto de Bienes Inmuebles sea motivo suficiente para resolver un contrato de arrendamiento es requisito necesario que previamente se haya requerido al arrendatario de modo fehaciente, incluyendo además en el requerimiento copia del recibo de IBI y dando al arrendatario un plazo de treinta días para su abono o para oponerse.


Doctrina reiterada del Tribunal Supremo. Los bancos responden frente a los compradores de vivienda sobre plano que no tenían aval ni seguro.

La doctrina establecida por primera vez en la sentencia de la Sala 1ª del Tribunal Supremo de 21 de diciembre de 2015 sobre responsabilidad de bancos frente a compradores sin aval ni seguro, posteriormente reiterada en la sentencia de la Sala 1ª del Tribunal Supremo de 1 de marzo de 2016 es de nuevo aplicada en esta nueva sentencia de 17 de marzo de 2016


Nulidad de cláusulas suelo en préstamos hipotecarios por falta de transparencia

Sentencia del pleno del Tribunal Supremo que declaró por primera vez la nulidad de cláusulas abusivas sobre limitación del tipo de interés variable incluidas en préstamos hipotecarios por falta de transparencia en el proceso de contratación. En la sentencia se declara la irretroactividad de los efectos de la nulidad de la cláusula, y por lo tanto no obliga a los bancos a devolver lo cobrado indebidamente. Se alegan razones de seguridad jurídica y riesgo de trastornos graves para la economía nacional. 


Vivienda cedida por familiar y desahucio por precario tras divorcio.

 Es muy frecuente ceder gratuitamente una vivienda a un familiar, normalmente un hijo o una hija, para que establezca en ella su domicilio familiar. ¿Qué pasa si luego se divorcia o separa y el juzgado le atribuye el uso de dicha vivienda a su expareja? ¿No podemos recuperar la vivienda? Esta cuestión ha sido claramente resuelta por la jurisprudencia del tribunal supremo desde hace ya unos años. Cabe recuperar la vivienda cedida a un hijo y su pareja aunque tras el divorcio el juzgado atribuya el uso de la misma a su ex pareja, pues es un caso de precario.

 


Repercusión de gastos de hipoteca al consumidor, nula por abusiva.

Esta sentencia del Tribunal Supremo da un paso más en la depuración de las prácticas de contratación en masa seguidas por la banca desde el siglo pasado y consistentes en la imposición de estipulaciones  abusivas al consumidor, de adhesión obligatoria, que causan un claro desequilibrio entre las partes y siempre en beneficio de las entidades bancarias. En este caso destacamos la sentencia por venir a establecer que la cláusula de repercusión de todos los gastos de constitución de la hipoteca que garantiza un préstamo hipotecario en el consumidor, es abusiva

En base a esta sentencia, si el consumidor se ha visto en las mismas circunstancias, puede reclamar la declaración de nulidad de la cláusula de repercusión de los gastos de hipoteca y la devolución de las facturas de notaría, gestoría, registro, etc.  Extracto de los fundamentos de derecho de la abusividad.


Retroactividad de la nulidad de cláusula suelo sólo hasta el 9 de mayo de 2013.

Esta sentencia del pleno del Tribunal Supremo, haciéndo desde luego un gran favor a las Cajas de Ahorro y los Bancos, declara que los efectos de cualquier declaración judicial de nulidad de cláusula de limitación del tipo de interés variable en préstamo hipotecario -cláusula suelo-sólo serán retroactivos hasta el 9 de mayo de 2013. Dicho en otras palabras, que los Bancos sólo deberán devolver los intereses cobrados de más  por aplicación de la cláusula suelo desde esa fecha en adelante, pero no los anteriores. Posteriormente la Sentencia de 21 de diciembre de 2016 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha venido a anular esta doctrina, estableciendo que los intereses se deben devolver desde la fecha de celebración del contrato.


Retroactividad de la anulación de la cláusula suelo desde la firma del contrato.

Esta sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21 de diciembre de 2016 sobre cláusula suelo viene a enmendar la plana al Tribunal Supremo español pues en contra de lo dispuesto por este en su sentencia del pleno de la Sala 1ª de 25 de marzo de 2015, viene a establecer que en caso de que sea declarada la nulidad de una cláusula suelo por abusiva en el seno de un contrato de préstamo hipotecario, la entidad prestamista debe devolver los intereses cobrados en aplicación de dicha cláusula desde la firma del contrato y no desde el 9 de mayo de 2013 en adelante.

Duro varapalo para las entidades bancarias comprometidas, y gran noticia para los consumidores y usuarios que ven nuevamente reforzadas las garantías que vienen a compensar la desigualdad de posiciones y de capacidad negociadora entre una persona y una entidad bancaria.


¿Cuándo es abusivo y por lo tanto nulo el Interés de demora de un préstamo hipotecario celebrado con consumidores?

En esta sentencia el Tribunal Supremo viene a poner coto a los intereses de demora abusivos en préstamos hipotecarios celebrados con consumidores y los limita a un tipo igual al remuneratorio incrementado en dos puntos, como ya hizo en el caso de los préstamos al consumo. En caso de vivienda esta sentencia va más allá de lo dispuesto en el art. 114.3LH, que admite intereses de demora de hasta tres veces el interés legal del dinero. La consecuencia de la nulidad es que sólo se devenga el interés remuneratorio.

Es una sentencia muy interesante porque resume cuál ha sido la evolución jurisprudencial y legal de la materia.


IIVTNU. El cobro de plusvalías exige aumento de valor, no mero paso del tiempo.

Esta sentencia del Tribunal Constitucional viene a remediar la injusticia que supone tener que pagar el Impuesto municipal sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), la llamada plusvalía, siempre que se produzca una transmisión intervivos o mortis causa de un bien inmueble urbano con independencia de si efectivamente se había revalorizado o no. Desde la crisis inmobiliaria de 2007 muchas transmisiones  de inmuebles se produjeron tras una caída notable de valor, y a pesar de ello hubo que pagar la plusvalía en base a la ficción de que los terrenos urbanos siempre se revalorizan. No es así.

En base a esta sentencia cabe impugnar las liquidaciones de plusvalía (IIVTNU) en las que se acredite por medio de una peritación que el valor de mercado del inmueble, en la fecha de la transmisión, era INFERIOR al valor que tenía cuando fue adquirido. Estas liquidaciones son NULAS al estar basadas en una interpretación de la Ley de Haciendas Locales que el Tribunal Constitucional considera incorrecta. El mero transcurso del tiempo no implica, per se y de forma automática, una revaloración expresiva de riqueza y gravable.


Burofax ¿qué es? ¿Cómo mandar un burofax?

¿Qué es un burofax? ¿Cómo se manda un burofax? Muchas veces es necesario llevar a cabo una comunicación de manera que quede constancia de ella, para que tenga efectos jurídicos. Por ejemplo un requerimiento de pago de renta de alquiler. Pues bien, la forma más económica de lograrlo es por medio de este servicio de Correos que paso a explicar.



Cómo rescindir el contrato alquiler de mutuo acuerdo.

Son diversas las circunstancias en las cuales puede interesar al arrendador y al arrendatario rescindir el contrato de alquiler antes de tiempo, de mutuo acuerdo. Si se ve en la necesidad de hacerlo es muy importante formalizarlo por escrito y de manera correcta, para prevenir problemas. Le explico cómo.


¿Qué hacer si el inquilino se retrasa sistemáticamente en el pago de la renta?

 ¿Su inquilino paga cuando quiere, siempre con retraso? Es posible que Vd. cuente con la renta de alquiler para pagar la cuota de un préstamo hipotecario y el pago tardío del inquilino le cause muchas molestias. No hablamos de inquilinos que no pagan la renta, sino de inquilinos que pagan cuando quieren. ¿Tiene Vd. que soportarlo como arrendador, o puede evitarlo de alguna manera?



¿Qué significa enervar el desahucio?

Enervar el desahucio significa poner fin al procedimiento judicial de desahucio y evitar el lanzamiento mediante el pago por el inquilino de las  rentas adeudadas. Es un derecho de todo arrendatario, que sólo se puede ejercer una vez.


Inquilino requerido paga sólo parte de las rentas atrasadas. ¿Ahora qué?

Ante el impago de las rentas de alquiler hemos enviado un burofax certificado y con acuse de recibo a nuestro inquilino y antes de que transcurran los treinta días que nos permiten iniciar el procedimiento de desahucio nos ha hecho un ingreso pero que no cubre la totalidad de la deuda. ¿Ya no se puede desahuciar? Veamos.


¿Se puede compensar el importe de la fianza con las rentas adeudadas?

Voy a dar una respuesta práctica a esta pregunta que tan frecuentemente me hacen tanto los arrendadores como los arrendatarios. ¿Se puede compensar la renta de alquiler con la fianza? Es decir, ¿Puede el arrendatario exigir u obligar que se destine el importe de la fianza al pago de las rentas o cantidades que adeude al arrendador?


Cómo es un desahucio por falta de pago para un arrendador.

Son muchos los arrendadores que no se han visto nunca en la necesidad de interponer una demanda de desahucio por falta de pago para recuperar su inmueble y lo que les deben, y que por desconocimiento y miedo a hacerlo retrasan la decisión una y otra vez. Voy a explicar cómo es un proceso judicial de desahucio por falta de pago para un arrendador, para arrojar un poco de luz y disipar esos miedos irracionales.



¿Qué pasa si no se deposita la fianza de alquiler en Hacienda?

Ante todo debe quedar claro que no en todas las comunidades autónomas de España existe la obligación legal de depositar la fianza de alquiler en la administración de Hacienda. Pero si Vd. vive en alguna en la que es obligatorio dicho depósito de la fianza debe saber cuáles pueden ser las consecuencias de incumplir dicha obligación de depósito. Nos referimos en este caso a lo que sucede en Andalucía.


Alquiler con opción a compra. Qué es y a quién interesa.

Se habla mucho de alquiler con opción a compra pero por las consultas que recibo a menudo en el despacho no todo el mundo tiene claro lo que significa. Veamos en pocas palabras en qué consiste un alquiler con opción a compra y a quién puede interesear.


Alquiler seguro. Cómo garantizar las obligaciones del contrato de alquiler.

Todos los arrendadores quieren un alquiler seguro. Las principales obligaciones del inquilino son pagar la renta de alquiler y mantener el inmueble en buen estado de conservación. Pues bien, me sorprende muchísimo en mi día a día profesional encontrarme con innumerables contratos de arrendamiento en los que no se ha establecido ningún tipo de garantía de cumplimiento de estas obligaciones, siendo en la práctica muy fácil hacerlo. Veamos a qué me refiero.


¿Qué hacer si el inquilino deja de pagar la renta?

Si su inquilino deja de pagar la renta debe Vd. actuar de la manera más inteligente posible para poner fin al contrato cuanto antes para desembarazarse de ese inquilino problemático y recuperar su inmueble. Cuanto más tiempo tarde en ponerse manos a la obra más dinero perderá. El primer paso es realizar un requerimiento de pago.


¿Cuántas rentas impagadas dan lugar al desahucio?

Son muchas las personas, tanto arrendadores como arrendatarios, que tienen la errónea creencia de que hace falta acumular un número de rentas de alquiler sin pagar para que se pueda proceder al desahucio. Unos creen que si no hay al menos dos rentas de alquiler sin pagar no se puede hacer nada, otros piensan que hacen falta varias...¿Quiere saber cuál es la realidad?





¿Qué hacer si no estamos conformes con un acuerdo de la Comunidad?

Lo que debe hacer es impugnar el acuerdo de la comunidad de propietarios con el que no está de acuerdo. Impugnar quiere decir pedir a un Juez que declare nulo el acuerdo, para que no se lleve a la práctica. Pero ello exige el cumplimiento de una serie de requisitos y plazos.


Salvar el voto

Sepa lo que significa exactamente salvar el voto, el requisito exigido por la Ley de Propiedad Horizontal para impugnar el acuerdo de la comunidad de propietarios con el que no está de acuerdo. 


¿Podemos negar la entrada en nuestra vivienda para reparar elementos de la Comunidad?

No. Es una cuestión resuelta por la ley y por la jurisprudencia de forma unánime. Aunque pensemos que como propietarios tenemos un poder absoluto sobre nuestro inmueble no es así. Todo propietario tiene la obligación de permitir el acceso a su vivienda o local de negocio si ello es necesario para realizar labores de mantenimiento o conservación de elementos comunes.


Precio en la escritura de compraventa e ITP en Andalucía

Existe la errónea creencia popular de que llegada la hora de escriturar la compraventa de una vivienda, cuanto más bajo sea el precio que refleje la escritura de compraventa menos impuestos habrá que pagar, sobre todo Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). Pero esta creencia es errónea. Veamos lo que sucede en Andalucía.


¿Cómo sé si puedo reclamar frente al banco las cantidades que anticipé al promotor a cuenta del precio de la compraventa de la vivienda que no me entregó?

Explicamos de manera sencilla cómo saber si todavía tenemos la oportunidad real de recuperar el dinero que pagamos en su día a la promotora que paralizó la obra por la crisis, que no entregó la vivienda y que no tenía ni el aval ni el seguro que exigía la “Ley 57/68 sobre percepción de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas”. ¿Podemos reclamar al banco donde hicimos los ingresos con garantías de éxito? Sí. Siempre y cuando se cumplan los requisitos que explico a continuación.




¿Cómo sé si puedo reclamar la Plusvalía que pagué al vender un inmueble?

Uno de los impuestos que debe pagar el vendedor de un inmueble urbano al celebrar una compraventa es el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido también como plusvalía. Las normas que aplican los Ayuntamientos para calcular su importe siempre dan como resultado que el vendedor tiene que pagar, más o menos dependiendo del tiempo transcurrido desde la adquisición hasta la transmisión, pero siempre tiene que pagar, incluso aunque hayamos perdido dinero con la operación por vender más barato de lo que nos costó. Y así ha sido hasta la sentencia del Tribunal Constitucional de 11 de mayo de 2017.




¿Cómo se administra un inmueble en proindiviso?

La administración de un proindiviso sobre un inmueble se refiere a las actuaciones cuya finalidad es la conservación, mantenimiento, goce y disfrute de la finca. Sepa cómo se administra un proindiviso.







Uso por turnos de un inmueble en proindiviso

En caso de desavenencias entre los copropietarios de una vivienda u otro inmueble en proindiviso respecto al uso del mismo, una de las posibilidades es pedir judicialmente que se establezca un sistema de uso por turnos.


¿Qué son los vicios ocultos en una compraventa de vivienda?

Vicios ocultos son los defectos que presenta un inmueble que no son apreciables a simple vista por el comprador y que lo hacen impropio para el uso a que se destina, o  que hacen disminuir de tal modo ese uso que de haberlos conocido el comprador, no lo habría adquirido o habría dado menos precio por él. El comprador puede desistir del contrato de compraventa, abonándosele los gastos que pagó, o rebajar una cantidad proporcional del precio, a juicio de peritos. El plazo para ello, improrrogable, es de seis meses desde la entrega


¿Se puede resolver la compraventa de la vivienda por existir defectos constructivos?

Son muchas las personas que desesperadas tras la compraventa de una vivienda que empieza a presentar cada vez más problemas en forma de defectos constructivos o vicios ocultos acuden al despacho preguntando si se pueden "quitar de encima la vivienda", es decir, si pueden devolver las llaves y exigir que les devuelvan el precio pagado por ella, o lo que es lo mismo, resolver la compraventa.


¿Es lo mismo vicios ocultos que defectos constructivos de una vivienda?

Esencialmente sí. Son términos jurídicos que se refieren a los  problemas  que presenta una vivienda, que pueden ir desde los defectos menos graves de terminación o acabado hasta los  defectos más graves de estructura. La diferente terminología viene dada porque los derechos del comprador frente a los vicios ocultos y frente a los defectos constructivos de la vivienda adquirida están regulados en leyes distintas, aunque en ambos casos tienen la finalidad de dar solución al problema. 



¿Qué es la cláusula suelo?

La denominada “cláusula suelo” es una estipulación de los contratos de préstamo hipotecario a interés variable que sirve para fijar un tipo de interés mínimo. Supone una limitación a la variabilidad a la baja del tipo de interés.





¿Qué es una servidumbre?

Una servidumbre es un derecho real sobre cosa ajena; un gravamen impuesto a un inmueble en beneficio de otro. Pero ¿qué es una servidumbre, explicado de manera sencilla?.







Modelo de solicitud de eliminación de cláusula suelo al banco

Modelo de escrito para solicitar la eliminación de la cláusula suelo a nuestro banco. Para iniciar Vd. mismo la reclamación de eliminación de la cláusula suelo dirigiendo un escrito a su banco con argumentos jurídicos, redactado profesionalmente. Si le rechazan la solicitud puede seguir un procedimiento de reclamación ante el Banco de España o acudir a los tribunales directamente.



Modelo de requerimiento de pago de renta a arrendatario

Modelo de requerimiento de pago al arrendatario que adeuda rentas u otros conceptos derivados del contrato de arrendamiento urbano. Con todas las menciones necesarias para evitar posteriormente la enervación y asegurar la condena en costas en sede judicial. Adaptado a las Leyes 4/13 y 2/15 que modifican la LAU.


Modelo de requerimiento de reparación de defectos constructivos

Modelo de requerimiento de reparación de defectos constructivos aparecidos en vivienda de nueva construcción dirigido al vendedor. Con todas las menciones necesarias para preparar adecuadamente la reclamación judicial si esta resulta inevitable para conseguir la reparación de los defectos constructivos. 


Modelo de contrato de arras confirmatorias. Señal de compraventa.

Modelo de contrato de arras confirmatorias  para documentar y regular correctamente la entrega de una señal por parte del comprador en una compraventa de inmueble sin facultad de desistimiento del contrato antes del otorgamiento de escritura. Si el comprador no comparece pierde la señal en concepto de indemnización si el vendedor optar por resolver el contrato. Pero el vendedor puede optar también por exigir su cumplimiento. 


Modelo de contrato de arrendamiento de vivienda con avalista

Modelo de contrato de alquiler de vivienda en el que se regulan claramente todos los derechos y obligaciones de cada parte, sobre todo los más conflictivos. Incluye la constitución de garantía personal en forma de avalista solidario. Adaptado a las Leyes 4/13 y 2/15 que modifican la LAU.



Modelo de contrato de arrendamiento de plaza de garaje

Para alquilar su plaza de aparcamiento o garaje de la manera más segura posible, con la libertad de poner fin al contrato de un mes para otro y regulando de manera práctica los aspectos esenciales de este tipo de arrendamientos para uso distinto al de vivienda. 




Comunicación al Banco de que no renunciamos a cobrar intereses aunque deje de aplicar la cláusula suelo

Modelo de escrito para comunicar al Banco que aunque haya dejado de aplicar la cláusula suelo, no renunciamos a reclamar los intereses pagados de más. Ahora que algunas entidades dejan de aplicar unilateralmente la cláusula suelo es importante dejar claro, para que nuestro silencio no sea interpretado como conformidad, que no renunciamos a reclamar los intereses pagados de más. Para ello sirve este modelo de carta que ponemos a su disposición gratuitamente.



Fotografía de Miguel Gastalver Trujillo. Abogado especialista en derecho inmobiliario.
Ldo. Miguel Gastalver Trujillo
Colegio de Abogados de Sevilla.
Colegiado nº 6946.
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